lunes, 10 de septiembre de 2012

VICTIMOLOGIA




Capitulo 9 del libro: El Informe pericial en Psiquiatría Forense, de Jorge Núñez de Arco, 3ª edición Editorial TEMIS La Paz 2008

9.1.  INTRODUCCION

A partir de la segunda mitad del Siglo XX, hay un cambio paradigmático e importante en la criminología como ciencia. Desde Lombroso (determinantes antropológicos), pasando por Garófalo (anomalías psíquicas), Ferri (socioculturales), se había buscado determinantes de la conducta desviada, pero centrándose exclusivamente en la figura del infractor de la ley ([1]). Sin embargo la frase célebre de Werfel ([2]) pronunciada ya en 1920: “No el asesino, sino su víctima es culpable” (Nicht der Mörder der ermordete ist schulding), predecía el cambio. Quizás también se había agotado la búsqueda infructuosa de marcadores de la criminalidad en la figura individualizada del delincuente, y se pretendía encontrar en la interacción con la víctima, la explicación de la criminogénesis. “Durante décadas, el único protagonista de la ‘escena criminológica’ ha sido el criminal, el mal llamado ‘sujeto activo del delito’, con sus condicionamientos biológicos, psicológicos y socioculturales. Su figura, atractiva, misteriosa y amenazante, genera sentimientos ambivalentes de rechazo‑admiración, y frecuentemente morbo.”([3])
A esto se sumó, que la psiquiatría mostró un progresivo interés por aquellos que sufren acontecimientos vitales catastróficos, (tras el clima humanitario y solidario propio de la segunda postguerra mundial) la teoría sobre el estrés y el afrontamiento, el aislamiento del Síndrome de estrés postraumático (TPEP) por la Asociación Psiquiátrica Americana (APA), ampliándose de este modo el campo de estudio victimológico dentro de la criminología hacia: la prevención del crimen, la disminución y tratamiento de sus víctimas. Estudios de Psicología, sobre la personalidad del delincuente, motivación, perspectiva social, etc. La Psiquiatría estableciendo modelos clínicos de clasificación de los delincuentes.([4]) Y luego los aportes de la Psicología Social, con investigaciones victimológicas. La teoría de la equidad, de Adams. La teoría de la atribución, de Kelley. La teoría del mundo justo, de Lerner. La teoría de la indefensión aprendida, de Seligman. Estudios sobre comportamientos de asistencia o de abandono de la victima del delito de Latané y Darley.

Y ya finalmente un tercer acápite, con grupos sociales de víctimas con objetivos solidarios, que reclaman una nueva conciencia cívica ante las víctimas ([5]) ([6]). También es innegable que los movimientos feministas, la pujanza del pensamiento feminista de carácter científico-reivindicativo ([7]) apoyaron y aportaron al resurgimiento de la victima, denunciando la doble moral y la victimización secundaria ([8]). 
 Surgió así el nacimiento de la Victimologia, una ciencia nueva, consecuencia de la criminología, algunos dicen sustituto de ella. Elías Neuman sostiene que: "la victimología es una suerte de criminología, pero al revés, de la víctima"([9]). El hindú radicado en Canadá, Abdel Ezzat Fattah definió a la victimología como: "aquella rama de la Criminología que se ocupa de la víctima directa del crimen y que designa el conjunto de conocimientos biológicos, sociológicos, psicológicos y criminológicos concernientes a la víctima"([10]). A ello se suman: Ellemberg ([11]), y Goldstein, “ la victimologia es una  parte de la Criminología que estudia a la víctima y no como efecto nacido en la realización de una conducta delictiva, sino como una de las causas, a veces principalísima, que influyen en la producción de delitos”.  

9.2.- VICTIMOLOGIA

 “La victimología (derivado del inglés Victimology) es una disciplina cuyo origen se sitúa a mediados del siglo pasado, concretamente en el trabajo de Von Henting ([12]) en 1948, en el que trataba de poner de relieve la figura de la víctima, habitualmente olvidada por la criminología tradicional. Surge por tanto como una rama de la criminología y dedicada al estudio del otro elemento integrante de la “pareja criminal”, la víctima.”([13]) Y fundamentalmente, en su momento,  como contrapuesto al termino de criminología.

El uso del término se atribuye a Mendelson y otros lo atribuyen a Wherttam.
Para Tamarit ([14]), la victimología es la ciencia multidisciplinar que se ocupa del conocimiento de los procesos de victimación y desvictimación, es decir de las diversas dimensiones de la victimación (primaria, secundaria y terciaria) y de las estrategias de prevención, reducción, de respuestas sociales, jurídicas y asistenciales tendientes a la reparación y reintegración social de la víctima. Para Beristain, la victimologia es la ciencia de la victimacion. ([15])

 Sin embargo para otros autores la victimologia, es una ciencia nueva, una ciencia autónoma, con objeto, método y fin propios. (Israel Drapkin ([16]), Aniyar de Castro ([17]), Benjamín Mendelsohn, Separovic; Young-Rifai) El objeto es la victima, el estudio psicológico y físico de la víctima, de los factores victimógenos, dentro de una concepción similar al “iter criminis”, pero denominandose “Iter victimae”; y que, con el auxilio de otras disciplinas, debe procurar la formación de un sistema efectivo para la prevención y estrategias de intervención. 
Cosa distinta es la perspectiva de la Victimologia, desde la definición de la Criminología: “ciencia empírica e interdisciplinaria que tiene por objeto el crimen, el delincuen­te, la víctima y el control social del comportamiento delictivo; y que aporta una información válida, contrastada y fiable sobre la génesis, dinámica y variables del crimen -contemplado éste como fenómeno individual y como problema social, comunitario-; así como sobre su prevención eficaz, las formas y estrategias de reacción al mismo y las técnicas de intervención positiva en el infractor.”([18])
En dicha definición, entra además el delincuente, porque la  criminogénesis depende de una compleja relación entre víctima y victimario, que interaccionan, sus 'roles' respectivos, llegando a confundirse, en los que Mendelsohn denomina la 'pareja penal', la víctima (que ya no es considerada como sujeto pasivo, puede contribuir a su propia victimizacion). Aunque el control racional del crimen, corresponde al Derecho Penal, uno de los objetivos de la criminología según Garcia-Pablos, es el “control racional y razonable de la criminalidad, con el menor coste social posible.”([19])
La victimología es fundamentalmente el estudio de la víctima, de la persona  que padece un sufrimiento físico, psicológico y social, a consecuencia de la violencia o de una conducta antisocial, que puede estar tipificada ante la ley como un daño al bien jurídico, o no ([20]); de la valoración de las secuelas y las formas terapéuticas de reparación o reintegración social.  Y en el devenir de la persona en victima, se puede producir los tipos de victimizacion (primaria, secundaria y terciaria).
El propio Tribunal Supremo ([21])  reitera la constante línea jurisprudencial de elementos fácticos como "las relaciones que ligasen a autor y víctima; personalidad de agresor y agredido; actitudes o incidencias observadas o acaecidas en momentos precedentes al hecho, particularmente si mediaron actos provocativos, insul­tos o amenazas, ...".

Hoy en día, casi todos, por no decir todos, los criminólogos, incluyen en sus estudios la problemática de las victimas, por ello surge la denominadaCriminología Victimológica que, en definitiva, es un intento de integrar la Victimología en la Criminología. ([22]) Otros hablan de la  Victimología Criminológica ([23]), que es una “síntesis criminológica”, que incluye a la victimologia. Y hay que destacar el uso del termino por parte de Hassemer ([24]), y Silva Sanchez ([25]), de la  "Victimodogmática" (viktimogmatik Ansatz) que plantea la necesidad de ir más allá en el estudio de la víctima, pero sobre la base del principio de “autoresponsabilidad de la victima”, evitando el excesivo protagonismo de la victima y el sentimiento implícito de lamentación, dando por hecho que la victima es punitiva, que busca el castigo del ofensor, poniendo mayor énfasis en las necesidades económicas de la victima ([26]). Muy contrario a lo que defiende la Victimologia,  que aboga por una mayor participación de la víctima en el proceso, obteniendo información, participación y protección; y no necesariamente el factor económico, por tanto hay una gran diferencia entre la victimologia y la victimodogmatica.

La victima no ha sido tomada en cuenta por el derecho, porque no encontraba en algunos casos su factor punitivo, y en otros la falta de argumentación en torno a los delitos sin víctima, le obligó a ignorar a la víctima para no perder su validación doctrinal. “En este sentido la Criminología ha sido clara en establecer que el conflicto le es expropiado por el Estado al ofendido, en donde su interés a nivel sustantivo se ve reemplazado por el abstracto bien jurídico tutelado y su derecho a la acusación se ve suprimido en aras de la persecución estatal promovida por la vigencia del principio de oficialidad de la acción penal”([27]).

Y aunque las leyes procesales utilizan los términos perjudicado y ofendido, que son más amplios que el de víctima, de lo hasta ahora expuesto se colige que “el concepto de ofendido es más amplio que el de perjudicado, de tal forma que aquél engloba a éste”.([28])

9.3.- LA VICTIMA

Abdel Ezzat Fattah definió a la victimología como: "aquella rama de la Criminología que se ocupa de la víctima directa del crimen y que designa el conjunto de conocimientos biológicos, sociológicos, psicológicos y criminológicos concernientes a la víctima". Raúl Goldstein la define como: "parte de la criminología que estudia a la víctima no como efecto nacido de una conducta delictiva, sino como una de las causas, a veces principalísina, que influyen en la producción de los delitos". Y el abogado de origen Rumanés, Benjamin Mendelshon, nacionalizado en Israel, la definió como: "la ciencia sobre las víctimas y la victimidad".

Desde la perspectiva de la Psiquiatria Forense, la victima es la persona que como consecuencia de la violencia, de una conducta antisocial o de un delito, enfrenta un trauma de dolor y sufrimiento, que puede provocar daños colaterales en aspectos físicos, psicológicos y comportamiento psicosocial que afecta a su entorno debido al quebrantamiento de las reglas de convivencia y/o normas establecidas por las leyes.  Y además del sufrimiento y la violencia, la víctima luego de ese momento, tendrá que convivir – en algunos casos de modo muy cruel – con los daños colaterales de ese anónimo “quiebre de reglas.

La Declaración de los Principios Básicos de Justicia para las Víctimas de Delito y del Abuso de Poder, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 11 de diciembre de 1985, en ese sentido reconoce que víctimas, son:
 “aquellas personas que, individual o colectivamente han sufrido perjuicio incluyendo daño físico o mental, sufrimiento emocional, pérdida económica o deterioro substancial de sus derechos fundamentales por medio de actos u omisiones en infracción de las leyes penales operantes en los Estados Miembros, incluyendo aquéllas que establecen prescripciones relativas al abuso del poder”.([29])
 La ley de ayudas y asistencias a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual ([30]) reconoce con acierto: Que además de las víctimas directas (las que sufren lesiones como consecuencia directa del delito), hay también víctimas indirectas. Por desgracia, limita excesivamente el número de las víctimas indirectas pues lo reduce al cónyuge, hijos, padres supervivientes a una persona fallecida a consecuencia directa del delito.

9.4.-LA PAREJA PENAL

 Henting y Mendelshon, cuando hablan de la pareja penal, denominación nueva para hablar del la victima y del victimador, contribuyen a una nueva configuración del delito y a hablar de la victima como un ente dinámico, capaz de influir en la configuración del hecho delictivo.
“Mendelshon, con notable acierto, se refiere a la “pareja penal”, que debe ser distinguida de lo que el italiano Escipión Sighele denominaba "pareja delincuente". En esta última existe mutuo y pleno consenso delictivo para que dos personas, que caracteriza como incubo y súcubo, se involucren en uno o más delitos. Es la comisión del delito en que dos están de acuerdo.” ([31])
Sucede todo lo contrario, en la "pareja penal", ya que no es nada armónica, sino contrapuesta. Los roles están delimitados el victimador y la victima. Ocasionalmente puede comenzar siendo armónica, como en la estafa, pero lo que interesa al delincuente, y que finalmente, de lo que deriva su éxito, es cuando destaca los roles a los que estaba destinado el acto delictual: Estafador y estafado.(victima). Aunque la victima ayudo al proceso, de modo tan concreto como ineluctable ([32]). Pero no se debe confundir, dice Rodríguez Manzanera, “la pareja criminal es la forma mas simple de delincuencia asociada y sus intereses son homogéneos y la pareja penal por el contrario esta compuesta por la victima y el victimario y sus intereses son antagónicos”. ([33])
Señala García‑Pablos (1988) “el microscópico mundo de la pareja penal, origen de la victimología debe ser superado y que el tradicional concepto de víctima muy restrictivo carece de operatividad”. Por otra parte, también existen otras muchas víctimas sociales además de las que el delito genera, por lo que el definitivo deslinde entre criminología y victimología se encuentra en debate. La inclusión de todas aquéllas en el campo de estudio, obligaría según Neuman ([34]) a “reconocer el nacimiento de una nueva ‑y autónoma ciencia de las víctimas in genere con el acopio y la información, multidisciplinar pertinente”.
Gulotta ([35]) denomina y entiende a la pareja víctima-ofensor como un Sistema Interactivo y haciendo un símil comparativo a un sistema informático establece que los aportes de uno y otro son mutuamente retroalimentados.
Esta nueva ciencia victimológica, es en realidad la nueva criminología, que nos obliga desde el punto de vista pericial, a la atención de la pareja penal, o pareja victimal. No solo es la valoración corporal y psíquica de la victima sino también del victimador y cuyo estudio competería a una rama que nos atrevemos a denominar “victimología forense”.
Siguiendo a Rodríguez Manzanera ([36]), a estas alturas es ya inadecuado  e incompleto hacer un estudio criminal, sin la victima, pero en el estudio del fenómeno criminal, en la crimino-dinamia y en la crimino génesis, se debe tomar en cuenta 4 factores.

a) El infractor
b) La victima
c) Las correlaciones biopsicosociales entre ellos
d) Las causas psíquicas profundas que producido la aproximación de los factores.

9.4.1.  El infractor

El victimador precisa someterse a un proceso de desensibilización y distorsión cognitiva, previas, en su relación con la victima. Porque necesita sentirse legitimado en su accionar.
 Y en su deliberación criminal precisa neutralizar su auto percepción negativa, por ello en las entrevistas a violadores, “manifiestan paladinamente haber internalizado estas creencias.”([37]) Como veremos más adelante, en esta conducta "racionalizadora" hay una actitud dolosa indudable.

 La desensibilización le permite:

1) neutralizar la resistencia mortal,
2) para sobreponerse a la inhibición
 La distorsión cognitiva le permite:
1)       reducir el silencio del inconsciente del delincuente,
2)       legitimar el acto delictivo, negar a la victima, desvalorización de la victima
3)       Si no es suficiente, se drogan o ingieren alcohol para “darse valor”.

Uno de los temas mas estudiados son las “distorsiones cognitivas” en agresores sexuales de niños, una explicación de lo que motiva a un sujeto pedofilico. La distorsiones cognitivas ([38]) ([39]) que hacen que el victimador, se convenza de que las “Las caricias sexuales no son en realidad sexo y por ello no se hace ningún mal.” Entre otras muchas formas de distorsión de cognitiva, de manera que se sienta legitimado para realizar el delito. Precisan crear constructos cognoscitivos falsos, distorsiones cognitivas; que se usan como creíbles y que les sirven de  excusa para justificar sus conductas, injustificables dentro de las normas y la lógica de la población general. Finkelhor ([40]) encontró cuatro modelos acerca de ello.

9.4.2.  La Victima.

En las victimas se producen varias fases de reacción ante la victimacion, una primera reacción inicial ([41]), que puede incluir una sensación de choque (shock), enojo, rabia, temor, miedo, desamparo, incredulidad y culpa. Puede haber una adaptación, pero si no, pasar a la etapa de desorganización, con efectos psicológicos como  pensamientos penosos sobre el evento, pesadillas, depresión, culpa, miedo y una pérdida de confianza y estima. Hay una perdida de la fe o de creencias anteriores. Conductas de abuso de alcohol o sustancias, ruptura de relaciones sociales, evitación de todo lo relacionado con el evento traumático: personas, situaciones y lugares. Puede seguir una adaptación  y finalmente una elaboración. Siempre hablando de una caso no complicado. Por ejemplo en un simple robo con violencia, se darán todas las fases, aunque es verdad que el tiempo de adaptación y de elaboración, no será el mismo en un robo, que en una violación, ni tampoco las secuelas.
 Hasta 1970, los estudios sobre la violación eran escasos, se hablaba poco de los devastadores efectos psicológicos que produce la violación. Los primeros en descubrir un patrón de respuestas psicológicas en 13 victimas, fueron Sandra Sutherland y Donad J. Scherl,([42]) indicando  tres fases:

1.- Una reacción aguda, inmediata o tras horas o días, después de la violación.
2.- Una fase de adaptación, de retorno a sus actividades, lo que no quiere decir que se haya resuelto las consecuencias del impacto psicológico de la agresión. Fundamentalmente es una rechazo, como protección al yo individual y sus relaciones con los demás. Puede continuar con un sentimiento interno de depresión. Aunque, para el inicio de esta fase es un tiempo variable, suele darse a las dos o 3 semanas, con pesadillas y fobias.
3.- Una fase final, cuando la victima tiene ganas de hablar de lo sucedido y hay una integración y resolución de los conflictos generados con el trauma de la violación. 

 Por otra parte en la victima puede suceder que la reacción inicial sea distinta por ejemplo en los secuestros, que explica el fenómeno de la eclitofilia criminal (admiración por el criminal), ([43]) Rodríguez Manzanera expone un caso muy particular: “El síndrome de Estocolmo consiste en la afinidad que los rehenes desarrollan hacia sus captores y depende mucho de la intensidad de la experiencia, la duración de los acontecimientos, la dependencia del rehén para todos su movimientos, la intransigencia de las autoridades, etc.,”

 Burgués y Holmstrom, describieron las fases y los síntomas somáticos y emocionales y conductuales en víctimas de violación y delimitaron el síndrome de Trauma por violación: como un conjunto de reacciones conductuales, somáticas y psicológicas, en una fase aguda, un proceso de reorganización a largo plazo.([44])

En una etapa temprana hay un pensamiento retrospectivo, en el que las víctimas desean que todo sea como era antes y poder volver el tiempo hacia atrás. Superando esta etapa crucial, hay una aceptación de lo que ha sucedido Puede ser mediante una reconstrucción cognitiva, en la que las víctimas reinterpreten su experiencia para disminuir los efectos del delito y posiblemente encontrar una explicación para lo que ha ocurrido, Pero para mucha gente esto es seguido por un periodo de reconstrucción y aceptación, que lleva a la normalización o adaptación.

La Organización Mundial de la Salud ha refinado su clasificación de tales desórdenes en la décima edición de la International Classification of Diseases (Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-10). Desde una perspectiva histórica, el cambio significativo introducido por el concepto de Desorden de Stréss Post-Traumático (DEPT)  fue la estipulación de que el agente etiológico estaba fuera del individuo (es decir, el evento traumático), antes que en una debilidad inherente al individuo (una neurosis traumática). La llave a la comprensión de la base científica y la expresión clínica del DEPT es el concepto de “trauma”. Se trata de un trastorno que surge como respuesta tardía o diferida a un acontecimiento. En 1980, la Asociación Psiquiátrica Norteamericana agregó el DEPT a la tercera edición de su Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (DSM-III) y posteriormente en el Manual de Diagnóstico y Estadística de los trastornos Mentales), DSM – IV, con el codigo:  F.43.1 “Trastorno por estrés postraumático”. ([45])

 Un evento traumático fue conceptualizado como claramente distinto de los factores stresantes  dolorosos que constituyen las situaciones normales de la vida como el divorcio, el fracaso, el rechazo, la enfermedad grave, los reveses financieros y situaciones similares. Esta dicotomización entre traumático y otros factores estresantes estaba basada en la suposición de que, aunque la mayoría de los individuos tienen la habilidad de enfrentarse con el estrés ordinario, sus capacidades de adaptación se ven probablemente abrumadas cuando se confrontan con un  factor estresante traumático. 

 9.4.3. Las correlaciones biopsicosociales entre ellos, las variables de conocimiento y actitud.

 Variable Conocimiento:

A)      Criminal y víctima se conocen (ejemplo: estupro)
B)      EL Criminal conoce a la víctima pero ésta no al criminal (Ej. Un robo, hay un estudia a la víctima antes de robarle)
C)      LA Víctima conoce al criminal pero éste desconoce previamente a la victima
D)      Víctima y criminal eran desconocidos (ejemplo: accidentes de tránsito)
 Variable la Actitud:
Variable Atracción:
a) víctima y criminal se atraen: pacto suicida.
b) atracción del criminal hacia la víctima pero ésta rechaza al criminal: ejemplo los crímenes pasionales.

Variable Rechazo o Repudio

a) el criminal rechaza a la víctima pero ésta se ve atraída por aquel.
b) ambos se rechazan.- ejemplo: duelos, riñas, venganzas
Variable Atracción y Rechazo
a) el criminal se ve atraído por la víctima, pero ésta es indiferente.
b) el criminal rechaza a la víctima, a ésta le es indiferente aquel .
c) la víctima se ve atraída por el criminal, éste le es indiferente.
d) la víctima repudia al victimario, éste adopta una aptitud indiferente.
e) ambos son indiferentes.

En la otra Variable: relaciones antes y después del delito, Segstock y Liang sugieren los siguientes:
A) El modelo de precipitación victimal, en el cual la victima seduce o tienta al ofensor para cometer el acto ilegal.
B) El modelo de conflicto victimal, en el cual el agresor y víctima están envueltos en un largo conflicto, en un período de tiempo, y alternan los roles de agresor y víctima.
C) El modelo de disponibilidad victimal en el cual el agresor ha observado a la víctima y puede predecir su comportamiento, pero la víctima tiene un limitado conocimiento del ofensor.

 9.4.4. Las causas psíquicas profundas que producido la aproximación de los factores.

 En el estudio de la criminogenesis del fenómeno criminal hay que analizarlo desde el punto de vista de la victima y del victimador.
 La víctima puede intervenir en cuatro forma diferentes: ([46])
 a) La víctima puede ser la causa de la infracción. El centro de la relación lo ocupa una vinculación personal nacida de una fijación psíquica o física.
b) La víctima puede ser el pretexto de la infracción. Existe una relación de mero contacto anterior al delito
c) La víctima puede ser el resultado de un consenso. Una relación semejante surge sólo y/o exclusivamente durante la comisión de un hecho.
d) La víctima es el resultado de una coincidencia. Se caracteriza por el anonimato, por la calidad impersonal de la relación. Se podría decir entonces que sus intereses y por lo tanto, la responsabilidad de cada uno de ellos son inversamente proporcionales a la del otro, es decir, la de la víctima y la del victimario.

 9.5. TIPOS DE VICTIMAS

 El primero en desarrollar un sistema de clasificación de las víctimas fue Benjamin Mendelshon ([47]), quién elaboró la siguiente tipología victimal:
 ·  Víctima totalmente inocente (Víctima ideal)
·  Víctima por ignorancia. Es aquélla que por desconocimiento se produce un daño a sí mismo, es el caso de la mujer que se practica por medio propio un aborto y por ignorancia pierde la vida durante el mismo, convirtiéndose en víctima.
·  Victima por imprudencia.
·  Víctima voluntaria, tan culpable como el delincuente. Aquélla que por voluntad propia se convierte en víctima. Es el caso del suicidio.
·  Victima agresora.
·  Víctima provocadora Víctima más culpable que el autor. Es la que incita al infractor a cometer el ilícito con su conducta.
·  Víctima como única culpable. (Víctima simuladora).
·  Victima imaginaria. Imaginada en la mente victimal.
 Una clasificación de Peris ([48]) reconoce la existencia de:
 1.   Víctimas Participantes.
1.1  - Víctimas por imprudencia.
1.2  - Víctimas provocadoras.
1.3  - Víctimas voluntarias.

2.   - Falsas víctimas.
2.1- Víctima simuladora.
2.2- Víctima imaginaria. Es aquélla que cree ser víctima.


3.   - Víctimas ocultas.

Para Abdel Ezzat Fattah ([49]):  hay una clasificación, compuesta de cinco tipos básicos y varias subclasificaciones.
a) Víctima no participante: es aquella que rechaza al ofensor y a la ofensa, y no ha contribuido al origen de la agresión.
b) Víctima latente o predispuesta: es en la que se puede encontrar cierta inclinación a ser víctima, por defectos de carácter o por otros factores.
c) Víctima provocativa: incita al criminal a cometer la acción, creando una situación que pueda conducir al crimen.
d) Víctima participante: interviene en el crimen adoptando una actitud pasiva o facilitando la acción, o aún auxiliando al criminal.
e) Víctima falsa: es la presunta víctima de un crimen cometido por otra persona, o que ha sido víctima de sus propias acciones.  

Tipos de victimas, a las que añade otras mas ([50])

a) víctima deseosa o suplicante: esta es una víctima que desea el acto delictuoso y que hace todo lo posible por incitar a la gente a cometerlo; ella pide; ella suplica y presta su ayuda y aún asistencia para facilitar la ejecución del acto (menores que piden alcohol, eutanasia solicitada, aborto pedido. etc.)
b) víctima que consiente libremente: la víctima voluntaria con diferencia de la víctima deseosa o suplicante, no toma generalmente una parte activa, en la comisión de la infracción. Por otra parte ella no se decide, no hace objeción, no resiste y no ensaya defenderse o impedir que la infracción tenga lugar.
c) víctima sin consentimiento: el hecho de que la infracción tenga lugar sin el consentimiento de la víctima no quiere necesariamente decir que ella no haya favorecido la comisión de la infracción, y que ella sea por lo tanto excluida de toda responsabilidad.
 “Explica Fattah que la víctima puede ser sucesivamente provocadora (instigadora o suplicadora) en la fase de descarga y participante en la fase de ejecución, constituyendo en tal modo un tipo mixto.” ([51])
 Marta González, realiza una conceptualizando de cada una de las tipologías anteriores de la siguiente manera: ([52])

a) Víctima Participante: Es la persona que activamente interviene en la dinámica criminal, aparece cuando se produce un determinado nivel de actividad victimal en la materialización del delito.
b)Víctima por Imprudencia: Es la persona cuya negligencia e irreflexión conductual aporta las condiciones facilitadoras de la ejecución delictiva, ejemplo: el incorrecto cuidado de la propiedad, irresponsabilidad en el control de actividades económicas empresariales, etc
c) Víctima Provocadora: Aporta el factor causal anterior inmediato al acto delictivo, implica una actitud agresora precedente del sujeto pasivo del delito. La conducta provocadora posee múltiples variantes de manifestación, por ejemplo: actitudes ofensivas personales, injurias verbales, abierto enfrentamiento y animadversión al futuro criminal, etc.
d)Víctima Voluntaria: Aparece cuando la propia persona convertida en víctima condiciona el proceso de su victimización a un requisito predeterminado. En ejemplificación de este caso, clásicamente se cita el supuesto de la eutanasia o “muerte por piedad”, en la que la persona acepta o consiente en su propia muerte en caso de hallarse en una situación de enfermedad irreversible y dolorosa.
e)Falsas Víctimas: Las personas que aducen, faltando a la verdad, haber sido víctimas de conductas criminales; en esta categoría se presentan sustanciales diferencias entre víctima simuladora y víctima imaginaria.
f)    Víctima Simuladora: Surge cuando la persona que se aduce víctima, proclama su supuesta condición para dañar malévolamente al presunto delincuente. En esencia, este comportamiento simulador es en sí mismo un delito de Acusación Falsa, reconocido en la mayoría de los ordenamientos penales modernos.
g)Víctima Imaginaria: Presunta victimización en la que la persona actúa de buena fe, en la creencia errónea de que ha sido objeto de una agresión delictuosa. El error puede motivarse por percepciones alteradas producto de inestabilidad psíquica o viciadas apreciaciones de la realidad.
h) Víctimas Ocultas: Son las que poseen como característica común el de permanecer ocultas, lo que no excluye que en su “anonimato” puedan pertenecer a cualquiera de las categorías o clasificaciones antes desarrolladas.
En un estudio de la tipología víctimas según Hans von Henting, en la estafa. “La victima es de índole psíquica, y por esto invisible, consistiendo en un “determinar” que mueve  al estafado a perjudicarse a si mismo o a perjudicar a otro en su patrimonio.”([53]) En su estudio la idea de la víctima contribuyente(incluso potencialmente mal intencionada o dolosa) es desarrollada con amplitud.

García de Pablos ([54]) establece una gama de situaciones victimarias:
 1.       Los delitos imprudentes contra la vida y la salud, con ocasión del trafico de vehículos de motor.
2.       La Víctima de negligencias profesionales.
3.       Victima de agresiones sexuales.
4.       Victima de violencia y malos tratos intradomesticos.
5.       Victima del terrosimo.
6.       Victima masa y macroprocesos

Neuman ([55]) propone la siguiente clasificación:
 1.            Las víctimas individuales, distinguiendo entre las mismas a aquellas que carecen de actitud victimal, frente a las que adoptan una actitud victimal dolorosa o culposa;
2.            Las víctimas familiares, contando entre éstas a los niños y a las mujeres maltratadas, así como distintos delitos cometidos en el seno de la familia.
3.            Las víctimas colectivas mencionando, entre ellas, a la comunidad como nación, por la que hace a determinados delitos como la rebelión y la sedición;
4.            Víctimas de la sociedad, que son aquellas colectividades a las que el propio sistema social convierte en víctimas o en delincuentes. En este grupo entran los niños abandonados, minusválidos, los ancianos, los marginados socialmente, las minorías étnicas, raciales y religiosas, etc.
5.            Victimizacion supranacional.La comunidad social, en relación con el genocidio, delitos de cuello blanco y terrorismo de Estado, y determinados grupos sociales lesionados en sus derechos y a través del sistema penal, todo ello en relación con la tortura, excesos en materias de prisiones preventivas, existencias de leyes criminógenas, etc.
  
Esbec, ([56]) viene a diferenciar seis grupos de víctimas por delito:
1. “ideal”, “indiscriminada” (Nuvolone), “fungible” o “no participante” (Fattah), “pasiva” (Ponti), “sin actitud victimal” (Neuman) o “concientous victima” (Joutsen)
2. “provocadora” (Nuvolone, Shafer, Fattah, Neuman), “provoking” y “ perpetrating victim” (Joutsen), “más culpable” o “sólo culpable” (Mendelsohn).
3. “voluntaria” (Mendelsohn, Nuvolone), “ autovíctima” (Shafer), “ consenting victim” (Joutsen), “ rogante” o “solicitante” (Neuman).
4. “participante” (Fattah), “cooperadora” o “coadyuvante” (Neuman, Fattah), “instigating victim” (Joutsen).
5. “imprudente” (Nuvolone, Mendelson), “precipitada” (Shafer), “provocadora pasiva” (Fattah), “facilit” e “inviting victim” (Joutsen).
6. “simuladora” (Mendelsohn), “falsa” (Fattah) o “ simultaing victim” (Joutsen).

En muchas ocasiones, la víctima colabora activa o pasivamente, consciente o inconscientemente, dolosa o culposamente en su propia victimización. Por ello hay que superar los esquemas tradicionales entre autor del delito (activo y malo) y la víctima (pasiva y buena)([57]). Estas clasificaciones, magnifican la relación dinámica entre víctima y victimario en la génesis del delito, pero olvidan aspectos fundamentales del fenómeno victimológico ([58]); algunas, están inmersas en una relación continua de tipo sado-masoquista. Estos comportamientos desarrollan una agresividad creciente y cuando un cierto límite de intensidad es sobrepasado, resulta una agresión seria o incluso la muerte de uno de ellos. El azar determina quién resultará víctima y cuál será el criminal.([59])

En relación a la predisposición a sufrir victimización, hay clasificaciones sobre los factores victimógenos o de riesgo victimal y en algunos casos la relación de estos factores con determinados tipos de delitos. Guglielmo Gullotta,([60]) distingue varios grupos de factores predisponentes específicos:

 1) Factores de origen.
·   Factores innatos. (enfermedades congénitas, sexo, etc.)
·   Factores adquiridos. (enfermedades que ha padecido el sujeto y que dejan secuelas físicas y psíquicas).

2) Factores temporales
·        Factores permanentes (con efectos para todo el periodo vital del individuo)
·        Factores temporales (cuando funciona por determinado tiempo).
·        Factores ocasionales o pasajeros (de duración breve y aparición esporádica).

En cuanto a tipología de Joutsen: ([61]), la establece en dos ejes:

A)            Eje vinculado a la autoría:
a)       Víctima concienzuda o diligente: paradigma de víctima ideal; irreprochable.
b)      Víctima facilitadora: aquella que facilita el delito por omisión preventiva.
c)       Víctima invitadora: que asume de forma temeraria el riesgo y no es precavida.
B)            Eje vinculado a la intencionalidad:
d)      Víctima provocadora: realiza una acción esencial de inicio de hostilidades.
e)      Víctima consentidora: accede a ser sujeto de la accion. Asume el daño victimizador.
f)         Víctima instigadora o promotora: aquella que facilita de forma directa el delito hasta el punto de ayudar en su comisión. Puede dar su consentimiento o dar solo la instigación.
g)      Víctima simuladora: aquella que alega falsamente la comisión de un delito.
 Desde nuestra perspectiva pericial, esta sistematización debe quedar ampliada, distinguiendo la víctima “directa” e “indirecta”, la víctima “primaria” y “ secundaria” , la victimización “simple” (vs) “complicada” y la víctima “con daño psíquico” (en su caso físico o socio‑financiero) y “con psiquismo incólume”. Haciendo un especial énfasis en los factores de riesgo (víctima “predispuesta”, “potencial” o “latente”) y en los de vulnerabilidad tanto psicológicos como situacionales (víctima “vulnerable”) que intervienen como trascendentales elementos moduladores de la victimogénesis.
Para Zaffaroni ([62]) existen dos rangos de vulnerabilidad social correlativos: la vulnerabilidad a la criminalización y la vulnerabilidad a la victimación, bajo un enfoque socio-económico marcador de desigualdad y discriminación. Según el autor hay: Víctimas primarias y Víctimas primarias secundariamente victimizadas por la selección institucional.

Beristain , indica que  el “cuadro siguiente [similar al de Dünkel (1990:167), al de Landrove (1990:39), y al de Neuman (1984:69)] sintetiza algunos tipos de víctimas con diversos grados de culpabilidad.”([63])





Grado de culpabilidad
Víctima
Tipo
Participación
Ejemplo
Víctima
completamente
Inculpable




Víctima "ideal"





Ninguna participación activa




- Bomba en establecimiento público
-Persona privada de
conocimiento que es
robada en calle céntrica no peligrosa
-Persona dormida
en coche-cama, en
tren no peligroso,
que es robada
.
Víctima
parcialmente
culpable
Víctima por ignorancia o
imprudencia
Mayor o menor contribución al
hecho
Mujer que fallece al provocarse el aborto

Víctima con escasa culpabilidad

Mayor o menor contribución al hecho

Mujer que entrega al falso contrayente matrimonial su
libreta de ahorro


Víctima voluntaria

Mayor o menor
contribución al
hecho

Causación     de   la
muerte de/a enfermo incurable, por
su propio deseo (homicidio-suicidio) (homicidio-suicidio)
Víctima completamente culpable
Víctima provocadora


Contribución exclusiva de la
víctima al hecho
victimizante no
punible
Agresor que muere "víctima" del agredido que se defiende legítimamente

Víctima propiciadora del delito


Contribución predominante de la víctima al hecho
Punible

Estafador estafado Borracho que fanfarronea en un bar
con dinero y le hurtan la cartera
Falsa víctima (delito
simulado)

Denuncia falsa
Una mujer quiere
vengarse     de    un
hombre y le acusa
de violación




Fuente: Antonio Beristain.: Victimologia. Nueve palabras clave. Ed. Tirant lo Blanche. Valencia 2000. p. 461

9.6. LA VICTIMIZACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA.

VICTIMACIÓN PRIMARIA: Proceso por el cuál una persona, sufre de modo directo o indirecto, daños físicos o psíquicos derivados de un hecho delictivo o acontecimiento traumático.
Para Zaffaroni, por victimización primaria se tiende a entender la derivada de haber padecido un delito, que cuando va acompañado de violencia o experiencia personal con el autor suele ir acompañado de efectos que se mantienen en el tiempo y pueden ser físicos, psíquicos, económicos o de rechazo social ([64]).
La primariedad y secundariedad de la victimización dependen de la fuente victimizante. La ofensa desencadenada por el propio hecho delictivo conduce a una victimización primaria.

VICTIMACIÓN SECUNDARIA: La víctima secundaria nace fundamentalmente de la necesaria intersección entre un sujeto y el complejo aparato jurídico-penal del Estado. “Consecuentemente, la victimización secundaria se considera aún más negativa que la primaria porque es el propio sistema el que victimiza a quién se dirige a él pidiendo justicia y porque afecta al prestigio del propio sistema.”([65]).
El termino de Victimización secundaria fue acuñado por Khüne ([66]) para referirse a todas las agresiones psíquicas (no deliberadas pero efectivas) que la víctima recibe en su relación con los profesionales de los servicios sanitarios, policiales, o judiciales (interrogatorios, reconstrucción de los hechos, asistencia a juicios, identificaciones de acusados, lentitud y demora de los procesos, etc), así como los efectos del tratamiento informativo del suceso por parte de los medios de comunicación.
Y que Shapland ([67]) ([68]) “se ha interesado por investigar aquellos elementos que producen mas daño, si cabe en las víctimas de un delito, que deben peregrinar por las oficinas gubernamentales” y de la opinión que tiene las victimas, de la Administración. Pueden destacarse las siguientes consideraciones:
La policía.  Los miembros de la policía son vistos como seres insensibles sólo preocupados por el aspecto burocrático. Proporcionan escasa información a la víctima y aún estando la misma llorosa, prefieren no esperar al día siguiente para tomar declaración o ver fotografías en la comisaría.
Los médicos. En ellos predomina la búsqueda de la evidencia (tomar muestras, por ejemplo) sobre el tratamiento.
La interacción de la víctima con el forense suele apreciarse  como desagradable, especialmente en delitos sexuales.
El juzgado, según Shapland, proporciona la mayoría las experiencias más molestas. Nadie tiene tiempo para charlar. Las largas esperas; policías, funcionarios, etc., proporcionan una imagen lamentable de la Administración de Justicia.
Los letrados de la defensa. Muchas veces, la víctima está desprotegida y no sabe qué hacer. Algunos letrados más preocupados por el negocio prestan escaso interés al caso.
Los fiscales son los funcionarios peor conceptualizados: mal informados, ausentes, distantes y despreocupados absolutamente sobre la ayuda y compensación a las víctimas a las que ven de cerca por primera y única vez en la sala de juicios.
Además de todo ello, la víctima va a tener que soportar durante meses o años la incertidumbre de un proceso penal que nunca parece concluir. Y en algunos casos, tendrá que soportar en el juicio oral la reviviscencia de los hechos, las preguntas y afirmaciones en descrédito evacuadas por la parte contraria y en ocasiones, el no ser ni tan siquiera creída.”

VICTIMACIÓN TERCIARIA: Refiere al conjunto de costes de la penalización tanto sobre quien la soporta en propia persona como sobre terceros. Y la victimización terciaria procede, principalmente, de la conducta posterior de la misma víctima; a veces, emerge como resultado de las vivencias y de los procesos de adscripción y etiquetamiento, como consecuencia o “valor añadido” de las victimizaciones primaria y secundaria precedentes.
Y tambien se dice Victimización terciaria: la dirigida contra la comunidad en general, es decir contra la población total. También se denomina a los efectos que sufren los familiares y amigos de las victimas. ([69])
“El Derecho Penal, como derecho sancionador, punitivo, se halla volcado hacia el delincuente: su vocación retribucionista condena a la victima inocente del delito a una posición marginal en el seno del mismo. Por ello, en el proceso penal prima la preocupación del rol del acusado, de sus derechos y garantías, sobre los derechos y garantías de la victima, careciendo el estatus procesal de esta ultima de una correlativa definición y consagración legal paralela o semejante a la del presunto culpable” ([70]).

9.7.- EL SINDROME DE MALTRATO A  LA MUJER  (SIMAM)

Recientemente se ha definido la victimización dentro de la violencia intrafamiliar, como el  “síndrome de agresión a la mujer” (SAM) ([71]) refiriéndose a las "agresiones sufridas por la mujer como consecuencia de los condicionantes socioculturales que actúan sobre el género masculino y femenino, situándola en una posición de subordinación al hombre, y manifestadas en los tres ámbitos básicos de relación de la persona: Maltrato en el medio familiar, agresión sexual en la vida en sociedad y acoso en el medio laboral".
El Síndrome de Maltrato a la Mujer (SIMAM), (Lorente, 1998); se define como el "conjunto de lesiones físicas y psíquicas resultantes de las agresiones repetidas llevadas a cabo por el hombre sobre su conyugue, o mujer a la que estuviese o haya estado unido por análogas relaciones de afectividad". Hay por tanto una interacción del agresor, la víctima y las circunstancias del momento o contexto. ([72])

9.8.- SÍNDROME DE LA MUJER VIOLADA:

Este síndrome (SMV) fue descrito por Burgess y Holstrm ([73])([74]), describiendo los signos y síntomas que experimenta una mujer violada. Su vida se ve totalmente afectada por la experiencia, con alteraciones de la conducta, miedo a estar sola, ansiedad irritabilidad. Aumento de pensamientos intrínsecos sobre el suceso con rabia, furor y autoinculpación. Cambio de residencia. La sintomatología dura más de un año. En 80 pacientes solo un tercio se recupero al año y un 25% no se había recuperado a los 4 años. ([75]).

9.9.- EL DICTAMEN PERICIAL EN VICTIMAS.

Ciertamente, el dictamen pericial psicológico de las víctimas del delito debe ser una opción con la que el juez debe contar a menudo, siempre que no venga programáticamente encaminado a desmentir o desmantelar el testimonio de la víctima. La víctima se encuentra en ocasiones bajo una tan fuerte presión emocional, que la ayuda de un técnico se hace, muchas veces, imprescindible para la correcta prestación del testimonio por la víctima, así como para una correcta interpretación del mismo a tenor de las condiciones psicológicas victimales. ([76])
En los Estados Unidos es frecuente la solicitud de consejo pericial, siendo el informe pericial un instrumento procesal de primer orden, y, muy especialmente, en al ámbito de la victimización sexual. En el modelo europeo, sin embargo, esta intervención no sólo es más excepcional, sino que se solicita y constituye decididamente bajo el signo de una vocación psiquiátrica orientada hacia la detección de patologías psicológicas. ([77])
 En Mayo de 1996, la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas, en su quinta sesión, adoptó la resolución de desarrollar un manual o manuales sobre el uso y aplicación de la Declaración (resolución del Consejo Económico y Social 1996/14).  El Manual sobre Justicia para las Víctimas.

 

[1].  Ferri, consideraba a la víctima como un mero objeto neutro, pasivo, estático y fungible. E. Ferri:  La sociologie criminelle. Ed. A. Rousseau. Paris, 1893.
[2].- Citado en “Literatura alemana en el exilio: Franz Werfel”. Harold von Hofe, El alemán Quarterly, Vol. 263-272.
[3]. E. Esbec Rodríguez. (1994) Víctimas de delitos violentos. Victimologia general y forense. En: S. Delgado Bueno. (eds) Psiquiatria Legal y Forense, Vol. II. Madrid: Colex. p. 1306
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[8]. Myriam Herrera Moreno, La hora de la víctima. Compendio de Victimología. Edersa, Madrid. 1996
[9] . Neuman, Elías.: Victimología, el rol de la víctima en los delitos convencionales y no convencionales. (2ª ed.) Ed. Universidad, Buenos Aires, 1994.
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[18].- A. García-Pablos de Molina, Tratado de criminología, (3ª ed.) Ed. Tirant lo Blanche. Valencia 2003, p. 47
[19]. A. García-Pablos de Molina, Tratado de … Ob.cit. p. 1202
[20].  “Lógicamente todo sujeto pasivo de un delito es víctima, pero no toda víctima es sujeto pasivo de un delito. Se ha de superar tal identificación.” Cit. Antonio Beristain Ipiña. Presentación: recordando a Lardizábal y a Xalbador - Aurkezpena: Lardizabal eta Xalbador gogoratuz. Cuaderno del Instituto Vasco de Criminología San Sebastián, Nº 10 Extraordinario - Octubre 1997. p. 60
[21]. Sala 2ª, Sentencia de 5 de diciembre de 1991
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[27]. Cubero Pérez, F.(1998). “La tutela efectiva de los derechos de la víctima en el Proceso Penal Costarricense”. Revista de la Asociación de Ciencias Penales de Costa Rica. No. 15. Diciembre 1998. Año 10. p. 5.
[28]. Delgado Martin, Joaquín. El Estatuto de la Víctima en el Proceso Penal Español, España, p. 5
[29]. citado en: Resumil de Sanfilippo, Olga Elena. Criminología General, Segunda Edición, Editorial de la Universidad de Puerto Rico, 1992: 224.
[30].  Ley 35/95, de 11 de diciembre, Art 2º, BOE Núm.296 [España])
[31]. Neuman, Elías.: Victimología, el rol de la víctima en los delitos convencionales y no convencionales. (2ª ed.) Ed. Universidad, Buenos Aires, 1994: 35.
[32]. Oficinas de atención a la Victima. Ministerio Publico de Guatemala. ( online) http://www.oav.lex.gob.gt/oav_temas/Victimologia/pareja_penal.htm, revisado el 6.03.2008
[33]. Rodríguez Manzanera, L. Victimología. Estudio de la víctima. Ed. Porrua, S.A. México. 1990:128
[34]. Neuman, Elías.: Victimología, el rol de la víctima en los delitos convencionales y no convencionales. (2ª ed.) Ed. Universidad, Buenos Aires, 1994.
[35]. Gulotta G., La víctima. Guifré. Varese. Italia. 1976. Pág. 83-99.
[36]. Juan José Hidalgo Huerta, Extracto de la clasificación hecha por Luis Rodríguez Manzanera.  Victimología. Estudio de la víctima. Ed. Porrua, S.A. México. (1990). (on line)
[37]. Nanette J. Davis y Karlene Faith, "Las mujeres y el Estado: modelos de control social en transformación", en Mujeres, Derecho penal y Criminología, Siglo Veintiuno de España Editores S.A., Madrid, 1994, págs. 120 y ss.
[38]. Abel G., Becker J., Rouleau L.-L., Kaplan M. et Reich J., The treatment of child molesters : A manual, Behavioral Medecine Laboratory, Emory University, 1984.
[39]. Abel G., Gore D. K., Holland C. L., Camp N. L., Becker J. et Rathner J., The measurement of cognitive distorsions of child molesters, Annals of Sex Research, 2 (2), 1989, p. 135-153.
[40]. Finkelhor. D.: Sourcebook on Child Sexual Abuse. Sage, Beverly Hills.1986. Y en Finkelhor. D & Araji S. Explanations of pedophilia: A four factor model. Journal of Sex Research. 1986; 22(2):145-161
[41]. En las reacciones inmediatas más comunes tenemos rabia, temor, venganza, debiéndose destacar que el recurso a la autoridad se da en un momento posterior. Un dato curioso que nos revelan las encuestas realizadas a víctimas es que la reacción de temor es se da más en los hombres y los deseos de venganza en las mujeres.
[42]. Sutherland, S. y D. Scherl, “Patterns of Response Among Victims of Rape”, American Journal of Ortopsychiatry, Nº 40, 1970.
[43]. Rodríguez Manzanera, L. Victimología. Estudio de la víctima. Ed. Porrua, S.A. México. (1990). p. 133
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[45]. American Psichiatric Association. DSM-IV Manual de Diagnóstico y Estadística de los trastornos Mentales, Barcelona: Masson. 1995:434.
[46]. Rodríguez Manzanera, L. “Tipologias victimologicas” En: L. Rodríguez, Victimología. Estudio de la víctima. Ed. Porrua, S.A. México. (1990). p. 126
[47]. Citado en: Neuman, Elías.: Victimología, el rol de la víctima en los delitos convencionales y no convencionales. (2ª ed.) Ed. Universidad, Buenos Aires, 1994. p. 50.
[48]. Peris . J M. (1988). Aproximación a la Victimología. Su justificación frente a la Criminología. En: Cuadernos de Política Criminal. No. 34. Editoriales de Derecho Reunidas. Madrid. Págs. 105-108.
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[50]. Fattah, Abdel Ezzat.:"Quelques problemes poses a la justicie penale par la victimologie". Anales Internacionales de Criminología, París, 1966, 2do semestre.
[51]. Citado en: Neuman, Elías.: Victimología, el rol de la víctima en los delitos convencionales y no convencionales. (2ª ed.) Ed. Universidad, Buenos Aires, 1994. p. 54-55.
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[67].citado por E. Esbec Rodríguez.: Víctimas de delitos violentos. Victimologia general y forense. En: S. Delgado Bueno. (eds) Psiquiatria Legal y Forense, Vol. II. Ed.Colex. Madrid, 1994:1321
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